Protección de Datos quiere limitar el tiempo que se conserva la información de los usuarios en los ordenadores

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha elaborado un informe solicitando a los buscadores de Internet que limiten el tiempo que se guardan los datos de búsqueda del usuario con el fin de garantizar más eficazmente la privacidad de los usuarios.
Estos buscadores de Internet tratan y retienen grandes volúmenes de datos de los usuarios a los que ofrecen sus servicios. Dichos datos se consideran personales bajo la Ley Orgánica de Protección de Datos, y por ello su tratamiento requiere que exista pleno conocimiento por parte de los usuarios.
El informe recoge observaciones sobre la necesidad de adecuar a la normativa española de protección de datos los sistemas de recogida y conservación de datos personales. También se refleja que existen diferencias significativas en las políticas de privacidad de los buscadores, sobretodo en aspectos como los criterios de conservación de datos personales y las políticas informativas.
Además, según el informe, sólo pueden ser conservados con unas finalidades concretas (como la mejora del servicio, la seguridad del sistema de búsqueda o la lucha contra el fraude). También se afirma que las políticas de los buscadores no coinciden al establecer los plazos de conservación, ya que estos varían entre los 13 y los 18 meses.
Es necesario pues limitar el periodo de conservación de dicha información ya que esta suele dejar de tener utilidad para el buscador mucho antes de dichos plazos. Asimismo el informe propone que una vez que deje de ser útil identificar al usuario, los datos del mismo deberán pasar a ser anónimos.
Finalmente el informe considera que la que se facilita a los usuarios sobre la utilización de sus datos en los buscadores resulta compleja y poco eficaz, por lo que recomienda desarrollar nuevos mecanismos informativos, claros y suficientemente visibles.
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